Este trámite permite realizar la solicitud de Escuela de Verano para favorecer la conciliación de familias con niñas, niños y jóvenes menores de entre 3 y 16 años (para niñas, niños y jóvenes con necesidades educativas especiales- NEE hasta 21 años) desde un enfoque de igualdad entre mujeres y hombres.
De conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común, toda persona jurídica o física podrá dirigirse a la Administración presentando las solicitudes, comunicaciones y escritos que considere oportunos, tan solo deberán de cumplir estos con el contenido mínimo regulado en dicha normativa.
De las 9:00 horas del día 1 de junio a las 00:00 horas del día 9 de junio de 2026.
Según normativa aplicable
17 de junio de 2026 – publicación lista provisional de admitidos
17 al 25 de junio de 2026 - plazo de subsanación
26 de junio de 2026 - publicación lista definitiva de admitidos.
Para poder presentar el trámite, es necesario presentar la siguiente documentación:
- Impreso de solicitud, debidamente cumplimentado y firmado por ambos progenitores/as, tutoras/es o representantes legales. Para ser aceptada la solicitud deberá estar cumplimentada, firmada y documentada debidamente.
- DNI/NIE, de ambos progenitores/as, tutoras/es o representantes legales.
- Declaración de la renta o Certificado de no declarante de ambos progenitores/as, tutoras/es o representantes legales.
- Libro de familia (apartados de progenitores/as e hijos/as), o en su defecto, Certificado de Nacimiento (expedido por el Registro Civil) o resolución judicial o administrativa; y documentación acreditativa de la inscripción de otros/as menores dependientes de la unidad familiar del solicitante.
- En el caso de haber señalado el apartado de Necesidades Educativas Especiales se incluirá:
- En el caso de haber señalado el apartado de enfermedades y/o alergias se incluirá, informe que acredite:
- DNI/NIE que acredite la identidad de cada una de las personas autorizadas para la recogida del menor, en su caso.
- Otra documentación:
En los casos que se hayan señalado cada una de las siguientes situaciones, para valoración con carácter prioritario con 5 PUNTOS añadidos, de forma acumulable, deberá presentar además de los documentos anteriores, la siguiente documentación actualizada justificativa, según sea su caso (si usted no quiere o no puede acreditar los criterios de prioridad NO presente la siguiente documentación):
Podrá descargarse el documento de lectura fácil de información general y documentación (Documento disponible en Plantilla de Documentos a presentar del trámite al final de esta página ↓↓↓)
A) En el caso de que el solicitante sea persona física, tiene la opción de:
B) En el caso de que el solicitante sea PERSONA JURÍDICA o SUJETO OBLIGADO a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, sólo podrá presentar la instancia general de forma telemática mediante CERTIFICADO DIGITAL para su firma, pulsando en NUEVA INSTANCIA.
Podrá presentar su instancia en:
RECUERDE que su instancia no se admitirá a trámite hasta la firma de la misma en la oficina de Registro mencionada.