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RECURSOS HUMANOS -Solicitud de Jubilación del personal empleado municipal

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RECURSOS HUMANOS -Solicitud de Jubilación del personal empleado municipal

DESCRIPCIÓN

Procedimiento por el cual el personal del Ayuntamiento solicita su jubilación (ordinaria, anticipada, parcial o por la declaración de incapacidad permanente) conforme a la normativa vigente.

La jubilación se producirá de oficio al cumplir los 65 años, siempre que la persona empleada reúna el período de cotización exigido por la legislación de la Seguridad Social.

En caso de que a dicha edad no se alcance el período mínimo de cotización requerido, la persona interesada deberá solicitar la prolongación en el servicio activo, pudiendo continuar trabajando hasta completar el período de carencia necesario, con el límite máximo de 67 años, conforme a la normativa vigente.

En todo caso, será necesario cumplir los requisitos establecidos en la normativa vigente en el momento en que se produzca la jubilación.

REQUISITOS

  • Ser empleado en activo del Ayuntamiento.
  • Cumplir los requisitos legales para acceder a la jubilación (edad, años cotizados, etc.).
  • Presentar la solicitud con al menos 3 meses de antelación a la fecha prevista de jubilación.

PLAZO DE PRESENTACIÓN

Continuo

EFECTO DEL SILENCIO

Según normativa aplicable

DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA

  • Copia del DNI
  • Informe de vida laboral actualizado
  • Resolución previa del INSS (jubilación parcial/anticipada) (Según caso)
  • Informe médico (jubilación por incapacidad permanente) (Según caso)

MODO DE PRESENTACIÓN

 De conformidad con el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:

"2. En todo caso, estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las  Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:

e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración."

La presentación será obligatoriamente Online: en la sede electrónica: https://alcantarilla.sedipualba.es/, los 365 días del año, las 24 horas del día.

OBSERVACIONES

 Para la jubilación anticipada, se recomienda haber contactado previamente con la Seguridad Social para confirmar la viabilidad.

NORMATIVA APLICABLE

PREPARE TODA LA DOCUMENTACIÓN que deba adjuntar ANTES DE PULSAR EN NUEVA INSTANCIA

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados/as que sean personas físicas
AYUNTAMIENTO DE ALCANTARILLA - P3000500C
Plza. de San Pedro 1
30820 Alcantarilla (Murcia)
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