Este trámite permite solicitar la habilitación para la ejecución de obras o instalaciones PROVISIONALES, contempladas en el artículo 264.2 de la Ley 13/2015, de 30 de marzo, de ordenación territorial y urbanística de la Región de Murcia.
De conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común, toda persona jurídica o física podrá dirigirse a la Administración presentando las solicitudes, comunicaciones y escritos que considere oportunos, tan solo deberán de cumplir estos con el contenido mínimo regulado en dicha normativa.
Continuo
Según normativa aplicable
Para poder presentar el trámite, es necesario presentar la siguiente documentación:
Tasa por tramitación administrativa del expediente. Obligatorio
Plano de situación (Modelo disponible en Documentos a presentar del trámite al final de esta página ↓↓↓) Obligatorio
Fotografía de fachada y zonas pretendidas de la obras a realizar Obligatorio
Acreditación del técnico Obligatorio
Adicionalmente en algunos casos será necesario presentar algunos de los siguientes documentos.
Justificante del pago del Impuesto de CONSTRUCCIONES, Instalaciones y Obras
Mediciones y presupuesto de las obras a realizar (Modelo disponible en Documentos a presentar del trámite al final de esta página ↓↓↓)
Cuestionario de estadística de construcción de edificios
Informes sectoriales
Justificante de constitución de garantía por reposición de servicios
Documentación indicada en el punto 10 del formulario de declaración responsable
Acreditación de la representación legal que ostenta la persona que suscribe la solicitud (Modelo disponible en Documentos a presentar del trámite al final de esta página ↓↓↓)
A) En el caso de que el solicitante sea persona física, tiene la opción de:
B) En el caso de que el solicitante sea PERSONA JURÍDICA o SUJETO OBLIGADO a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, sólo podrá presentar la instancia general de forma telemática mediante CERTIFICADO DIGITAL para su firma, pulsando en NUEVA INSTANCIA.
Podrá presentar su instancia en:
RECUERDE que su instancia no se admitirá a trámite hasta la firma de la misma en la oficina de Registro mencionada.