Este trámite permite solicitar el alta Registro de Municipal de Entidades Ciudadanas
De conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común, toda persona jurídica o física podrá dirigirse a la Administración presentando las solicitudes, comunicaciones y escritos que considere oportunos, tan solo deberán de cumplir estos con el contenido mínimo regulado en dicha normativa
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Según normativa aplicable
Para poder presentar el trámite, es necesario presentar la siguiente documentación:
Estatutos de la Entidad Ciudadana Obligatorio
Certificado de inscripción en el registro correspondiente de la CARM Obligatorio
Relación de personas que ocupan cargos directivos Obligatorio
Presupuesto del año en curso Obligatorio
Programa de actividades del año en curso Obligatorio
Domicilio social de la entidad Obligatorio
Certificación del número de socios Obligatorio
A) En el caso de que el solicitante sea persona física, tiene la opción de:
B) En el caso de que el solicitante sea PERSONA JURÍDICA o SUJETO OBLIGADO a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, sólo podrá presentar la instancia general de forma telemática mediante CERTIFICADO DIGITAL para su firma, pulsando en NUEVA INSTANCIA.
Podrá presentar su instancia en:
RECUERDE que su instancia no se admitirá a trámite hasta la firma de la misma en la oficina de Registro mencionada.