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PADRÓN. Baja en el Padrón de Habitantes de extranjeros que han vuelto voluntariamente a su país de origen u otro país.

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PADRÓN. Baja en el Padrón de Habitantes de extranjeros que han vuelto voluntariamente a su país de origen u otro país.

Descripción

Baja en el Padrón de Habitantes de extranjeros que han vuelto voluntariamente a su pais de origen y otro país.

Requisitos

Haber regresado al país de origen y otro país, estando aún empadronado en el Ayuntamiento de Alcantarilla. Este trámite permite presentar solicitudes para la baja en el padrón municipal de habitantes por cambio de residencia de extranjeros que se trasladan a su país de origen

Plazo de presentación

Continuo

Efecto del Silencio

Según normativa aplicable

Plazo de Resolución

Según normativa aplicable

Documentación Obligatoria

Para poder presentar el trámite, es necesario presentar la siguiente documentación:

Copia de pasaporte o permiso de residencia de todas las personas que solicitan la baja Obligatorio

  • Copia de pasaporte o permiso de residencia de todas las personas que solicitan la baja
  • Requisito de Validez: Copia simple responsabilizándose el interesado de su veracidad
    Esta administración se reserva el derecho a poder requerirle posteriormente la exhibición del documento original

MODO DE PRESENTACIÓN

A) En el caso de que el solicitante sea persona física, tiene la opción de:

  • Si dispone de un CERTIFICADO DIGITAL para su firma podrá pulsar en NUEVA INSTANCIA, rellenar la instancia general, registrar y firmar. 
  • Si la persona solicitante NO DISPONE de firma digital o DNI electrónico:
    • PRESENCIAL:
      • Puede DESCARGAR IMPRESO para poder imprimirlo y cumplimentar. Después de imprimirlo y rellenarlo debe presentarlo en las oficinas de asistencia en materia de registro del Ayuntamiento PREVIA CITA. 
      • Realizar el trámite electrónicamente accediendo con una dirección de CORREO ELECTRÓNICO, a falta de realizar la firma de la solicitud. Una vez tramitada su solicitud mediante el envío de la misma, deberá personarse PREVIA CITA en la oficina de Registro del Ayuntamiento Alcantarilla, provisto de su Documento acreditativo de identidad, en el plazo máximo de 10 días hábiles para firmarla de forma biométrica, ADVIRTIÉNDOLE que su instancia no se considerará registrada y por tanto no se admitirá a trámite hasta la firma de la misma en las oficinas de Registro.

B) En el caso de que el solicitante sea PERSONA JURÍDICA o SUJETO OBLIGADO a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, sólo podrá presentar la instancia general de forma telemática mediante CERTIFICADO DIGITAL para su firma, pulsando en NUEVA INSTANCIA.  

CITA PREVIA PARA FIRMA DE INSTANCIAS SIN CERTIFICADO DIGITAL (SOLO PARA PERSONAS FÍSICAS)

Podrá presentar su instancia en:

  • OFICINAS DE ASISTENCIA EN MATERIA DE REGISTRO: Podrá presentar su instancia general dirigida a cualquier servicio municipal.
    • OFICNA DE REGISTRO Y ATENCIÓN A LA CIUDADANIA

RECUERDE que su instancia no se admitirá a trámite hasta la firma de la misma en la oficina de Registro mencionada.

PREPARE TODA LA DOCUMENTACIÓN que deba adjuntar ANTES DE PULSAR EN NUEVA INSTANCIA

Normativa aplicable

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
AYUNTAMIENTO DE ALCANTARILLA - P3000500C
Plza. de San Pedro 1
30820 Alcantarilla (Murcia)
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