Cambios de titularidad de mortis causa o inter vivos por consanguinidad o afinidad.
El derecho funerario no podrá ser objeto de comercio, ni de transacción o disposición a título oneroso.* En el caso de transmisiones mortis causa, resulten ser varios los titulares del derecho, se designarán de entre ellos uno sólo que actuará como representante, a todos los efectos de comunicaciones, reputándose válidamente hechas a todos los cotitulares las notificaciones dirigidas al representante.* En el caso de transmisiones inter vivos, deberá acreditarse especialmente su carácter gratuito.
Continuo
Según normativa aplicable
Para poder presentar el trámite, es necesario presentar la siguiente documentación:
Fotocopia del título de concesión Obligatorio
Adicionalmente en algunos casos será necesario presentar algunos de los siguientes documentos.
DNI del solicitante, en caso de mortis causa
Partidas de defunción de los inhumados en la unidad funeraria y del titular, en caso de mortis causa
En caso de panteones, cualquier documentación de la construción del panteón, en caso de mortis causa
Documento válido que acredite de forma fehaciente la condición de derecho funerario (libro de familia, testamento o declaración de herederos), en caso de mortis causa
DNI del titular y del solicitante, en caso inter vivos
Partidas de defunción de los inhumados en la unidad funeraria, en caso de inter vivos
Documento acredite forma fehaciente la condición del derecho funerario por consanguinidad o afinidad hasta tercer grado (libro de familia, testamento declaración o herederos), en caso de inter vivos
Declaración responsable de ser una transmisión a título gratuito, en caso inter vivos
En el caso de transmisiones mortis causa, resulten ser varios los titulares del derecho, se aportará la documentación que requiera el servicio de cementerio, según la ordenanza del Cementerio del Ayuntamiento de Alcantarilla.
Recursos:
El trámite será presencial con cita previa, a través del teléfono 968 89 85 22 o por la página web del Ayuntamiento pincha aquí. La presentación se realizará mediante instancia general.
Podrá presentar su instancia en: