Este trámite permite declarar responsablemente que se va a iniciar una actividad de nueva implantación o se va a iniciar la modificación de una actividad existente, en ambos casos tratándose de actividades no sometidas a la previa obtención de licencia de actividad, conforme a lo establecido en el artículo 71 de la Ley 4/2009, de 14 de mayo, de Protección Ambiental Integrada de la Región de Murcia
De conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común, toda persona física o jurídica puede dirigirse a la administración presentando una declaración responsable para el inicio de una actividad, acompañando la documentación requerida.
Continuo
Estimatorio
No tiene
Para poder presentar el trámite, es necesario presentar la siguiente documentación:
DATOS DE IDENTIFICACIÓN Obligatorio
TASA POR TRAMITACIÓN DEL TITULO HABILITANTE PARA EL EJERCICIO DE LA ACTIVIDAD Obligatorio
DOCUMENTACIÓN FOTOGRÁFICA Obligatorio
PLANO DE SITUACIÓN (Modelo disponible en Documentos a presentar del trámite al final de esta página ↓↓↓) Obligatorio
CERTIFICACIÓN emitida por técnico competente, en la que se acredite el cumplimiento de todas las condiciones establecidas en el Anexo II de la Ley 4/2009, de 14 de mayo, de protección ambiental integrada de la Región de Murcia. (Modelo disponible en Documentos a presentar del trámite al final de esta página ↓↓↓) Obligatorio
Adicionalmente en algunos casos será necesario presentar algunos de los siguientes documentos.
MINSTANCIADR - MODELO DECLARACIÓN RESPONSABLE DE INICIO DE ACTIVIDAD (Modelo disponible en Documentos a presentar del trámite al final de esta página ↓↓↓)
A) En el caso de que el solicitante sea persona física, tiene la opción de:
B) En el caso de que el solicitante sea PERSONA JURÍDICA o SUJETO OBLIGADO a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, sólo podrá presentar la instancia general de forma telemática mediante CERTIFICADO DIGITAL para su firma, pulsando en NUEVA INSTANCIA.
Podrá presentar su instancia en:
RECUERDE que su instancia no se admitirá a trámite hasta la firma de la misma en la oficina de Registro mencionada.