La Teleasistencia Domiciliaria en el municipio de Alcantarilla es un servicio para aquellos ciudadanos que por razón de su edad, enfermedad, o concurrencia de discapacidad precisan de la asignación del mismo para mejorar su calidad de vida, posibilitando con ello, la permanencia en su entorno habitual. Se trata de un servicio que, a través de la línea telefónica y con un equipamiento de comunicaciones e informático específico, ubicado en un centro de atención y en el domicilio de los usuarios, permite a las personas mayores o discapacitadas, con sólo accionar el dispositivo que llevan constantemente puesto, entrar en contacto verbal (manos libres) durante las 24 horas del día y los 365 días del año, con un centro atendido con personal específicamente preparado para dar respuesta adecuada a la necesidad presentada, bien por sí mismo, o movilizando otros recursos humanos o materiales, propios del usuario o existentes en la comunidad.
De conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común, toda persona jurídica o física podrá dirigirse a la Administración presentado las solicitudes, comunicaciones y escritos que considere oportunos, tan solo deberán de cumplir estos con el contenido mínimo regulado en dicha normativa.
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Según normativa aplicable
Para poder presentar el trámite, es necesario presentar la siguiente documentación:
DNI/NIE del solicitante y personas que convivan en el mismo domicilio. Obligatorio
Informe médico conforme al Anexo II Obligatorio
Documentos acreditativos de los ingresos del solicitante y unidad familiar de convivencia Obligatorio
Adicionalmente en algunos casos será necesario presentar algunos de los siguientes documentos.
Resolución de calificación de persona con discapacidad
Certificado del número de cuenta bancaria del solicitante
Podrá descargarse el documento de lectura fácil para la solicitud del Servicio de Teleasistencia en Plantilla de Documentos a presentar del trámite al final de esta página ↓↓↓
A) En el caso de que el solicitante sea persona física, tiene la opción de:
B) En el caso de que el solicitante sea PERSONA JURÍDICA o SUJETO OBLIGADO a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, sólo podrá presentar la instancia general de forma telemática mediante CERTIFICADO DIGITAL para su firma, pulsando en NUEVA INSTANCIA.
Podrá presentar su instancia en:
RECUERDE que su instancia no se admitirá a trámite hasta la firma de la misma en la oficina de Registro mencionada.